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Somos abogados expertos en Derecho Bancario, el cual regula la estructura y funcionamiento de las entidades financieras, así como las operaciones realizadas con el público en general, incluidos sus clientes, y con otras Entidades.
La desigualdad de condiciones que suelen encontrarse las entidades financieras o sociedades de inversión respecto a los consumidores, hace recomendable contar con asesoramiento experto durante la contratación de cualquier producto bancario y en el caso que surja cualquier tipo de controversia.
Te ayudamos a recuperar el dinero que te han cobrado de forma indebida por cláusulas como las cláusulas suelo, IRPH, gastos de hipoteca, tarjetas revolving, etc.
Si tienes dificultades para pagar tu préstamo hipotecario o cualquier otra deuda, podemos ayudarte a negociar con tu banco una solución favorable, como una quita de deuda o una refinanciación.
Te asesoramos y te ayudamos a obtener la financiación que necesitas para tu proyecto personal o empresarial.
Si has sido víctima de la mala praxis bancaria en la comercialización de productos complejos como swaps, hipotecas multidivisa, etc., te ayudaremos a defender tus derechos.
Te asesoramos en todo lo relacionado con tu hipoteca, desde la firma del contrato hasta la cancelación de la misma.
Si tu deuda ha sido cedida a un fondo buitre, te ayudaremos a defenderte de sus prácticas abusivas.
Si te encuentras en una situación de insolvencia económica, te podemos ayudar a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para empezar de nuevo.
El derecho bancario es la rama del derecho que se ocupa de estudiar y legislar sobre asuntos referentes a la regulación del funcionamiento de los bancos.
Estos asuntos suelen clasificarse según tres operaciones:
-Pasivas o de captación de depósitos. Llamamos operaciones pasivas a aquellas que se relacionan con las cuentas corrientes, de ahorro, inversión, etc. Estas se producen cuando una organización bancaria recibe y custodia el dinero de los clientes a cambio de un porcentaje de los intereses devengados por el préstamo de su dinero.
-Activas o de préstamos y créditos bancarios. En ellas, una entidad bancaria entrega a un particular en calidad de préstamo la cantidad de dinero que solicite a cambio del cobro de una tasa determinada de interés.
-Neutras o servicios bancarios. Hablamos de operaciones neutras o servicios bancarios cuando una organización bancaria permite a sus clientes realizar cobros, transferencias, depósitos, inversiones u otro tipo de servicios sin que el banco reciba necesariamente un dividendo por ello.
Como hemos mencionado con anterioridad, es extremadamente importante que las personas puedan confiar en un profesional que vele por regular la buena praxis en las prácticas profesionales de las entidades bancarias con las que suelen relacionarse en su día a día. A continuación, desarrollamos en varios puntos más concretos la importancia que el derecho bancario tiene en el mantenimiento de la salud de tus finanzas:
-Sirve como guía jurídica. Gracias al derecho bancario, podemos marcar una serie de pautas que los bancos deberán de seguir para tener un comportamiento adecuado con el cliente, asegurando la transparencia y fidelidad de sus acciones.
-Actúa como vigilante para asegurarse de que las diversas prácticas bancarias se realizan de la manera correcta dentro del marco legal.
-Permite que las personas y entidades puedan estar al día de los cambios constantes a los que están sometidas las relaciones comerciales gracias a la capacidad de adaptación y actualización constante de casos relacionados con el derecho bancario.
-Normas que componen el derecho bancario: al no ser considerado como una de las ramas clásicas del derecho, el derecho bancario, en contraposición con el derecho civil, penal o laboral, no se encuentra regulado como tal en un cuerpo normativo específico.
Es por ello que de forma tradicional el derecho bancario suele considerarse parte del derecho mercantil, aunque debido a la estrecha relación que mantiene con el sector público, a menudo suele verse también afectado por normas relativas al derecho administrativo.
Según el ámbito de ordenamiento en el que se encuentra regulado, podemos clasificar el conjunto de normas que integran el derecho bancario de la siguiente manera:
-Normas constitucionales: aquí se encontraría el ejemplo del Artículo 149.11 de la Constitución Española en el cual se explica la competencia exclusiva del estado con respecto a las divisas, cambio y ordenación de créditos, bancas y seguros.
-Normas mercantiles: se establecen en varios artículos del Código de Comercio (175 y siguientes) y son, entre otras, las encargadas de regular las compañías de crédito.
Normas administrativas: relativas a la ordenación jurídica de la actividad financiera de las entidades bancarias, como, por ejemplo, aquellas relacionadas con la transparencia.
Normas fiscales: relacionan a las entidades financieras y bancarias con el pago de tributos.
Normas penales: relativas a las infracciones penales que pueden surgir por culpa de estafas relacionadas con productos bancarios.
Aunque hemos mencionado las más importantes, debido al contexto socioeconómico actual, el derecho bancario también está ampliamente relacionado con normas dentro del ámbito laboral, civil, de derecho internacional, público, etc.
Los sectores bancarios y financieros son, hoy en día, algunos de los actores económicos más importantes de una nación marcada por el constante flujo de dinero que se mueve dentro de las sociedades capitalistas. A su vez, estos rápidos movimientos monetarios han hecho que la desigualdad de condiciones y de poder entre las entidades bancarias y los consumidores sea cada vez más evidente. Es aquí donde surge la figura del abogado especialista en derecho bancario.
– Derecho a disponer de los modelos de contratación, previo a la misma.
-Derecho a recibir una información adecuada para realizar la contratación, de acuerdo al perfil inversor del cliente y en un lenguaje que le sea comprensible.
-Derecho a recibir ofertas vinculantes en:
-Derecho a recibir toda la información relativa a los gastos y comisiones derivados de la contratación.
-Derecho a ser informado del tipo de interés que va a aplicarse a su producto o servicio.
-Derecho a obtener copia de los contratos suscritos, tanto los contratos particulares como los contratos marcos.
-Derecho a recibir los extractos de los productos bancarios contratados y las liquidaciones de comisiones y gastos repercutidos por la entidad bancaria.
-Derecho a acudir a un procedimiento extrajudicial gratuito para resolver las reclamaciones, quejas y consultas.
-Derecho de desistimiento a los contratos de crédito.
-Derecho a ser comunicado de las modificaciones sufridas en sus contratos por modificaciones normativas.
En España, el sistema bancario está evolucionando rápidamente para satisfacer las necesidades de una economía moderna.
Para mantenerse al día con estos cambios, el Gobierno español ha establecido una serie de instituciones de derecho bancario que garantizan la solidez de los bancos y el buen funcionamiento del sistema financiero.
-El Banco de España sigue siendo el supervisor único y responsable de la vigilancia y control de las entidades bancarias. Esta entidad regula la actividad bancaria a través de un sistema de supervisión prudencial, que incluye la vigilancia de los balances y la evaluación del riesgo de cada entidad. Además, el Banco de España emite recomendaciones y directrices a los bancos para garantizar una adecuada gestión de riesgo.
-Por otra parte, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es una institución creada en 2003 para proteger los depósitos de los clientes bancarios. Esta entidad garantiza que, en caso de insolvencia de una entidad bancaria, los depósitos de sus clientes hasta un máximo de 100.000 euros estarán asegurados.
-Junto a todo ello, el Banco de España ha establecido el Comité de Supervisión Bancaria (CSB) para promover el buen funcionamiento de las entidades bancarias. Esta entidad está compuesta por los principales reguladores financieros y se encarga de supervisar el cumplimiento de la normativa y fomentar la transparencia y la estabilidad del sistema financiero.
-Finalmente, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) es la institución encargada de supervisar la contabilidad de las entidades bancarias. Esta entidad se encarga de verificar la exactitud de los estados financieros de los bancos y de emitir informes sobre su situación financiera.
La banca es una de las industrias más reguladas en España, con leyes que se han desarrollado durante décadas para garantizar la seguridad de los ahorros de los clientes. Estas leyes han evolucionado para asegurar que los bancos lleven a cabo sus actividades de forma segura y responsable.
Las leyes bancarias en España se rigen principalmente por:
-La Ley de Ordenación Bancaria, que se promulgó en 2014 y es la principal ley de regulación de la banca. Esta ley establece:
-Otra ley que se aplica a la banca española es la Ley de comercialización de Servicios Financieros. Esta ley establece los derechos de los usuarios de servicios financieros, como la información clara y completa sobre los costes y tarifas de los productos ofrecidos por los bancos, así como protección frente a la explotación financiera.
-Por último, el Real Decreto que crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, para proteger los ahorros de los usuarios bancarios. Este Fondo es, en última instancia, un mecanismo protector para garantizar los depósitos en dinero, en valores o en otros instrumentos financieros que se hayan depositado en las entidades de crédito por parte de los consumidores. Todo ello con el límite económico de 100.000 euros, si es para depósitos en dinero. Si son depósitos nominados en otras.
El sector bancario y financiero en España es altamente desarrollado y diversificado. En él participan bancos nacionales e internacionales, como Banco Santander y BBVA, junto con una variedad de servicios financieros, incluyendo compañías de seguros y firmas de inversión.
La regulación es fundamental, con el Banco de España supervisando y las normativas del Banco Central Europeo y la Autoridad Bancaria Europea como marco.
-Abusos de poder.
-Escasez de información.
-Poca transparencia a los clientes.
-Salarios y bonus excesivos por parte de los consejos directivos.
-Falta de cumplimiento, como el caso de la comercialización de las acciones preferentes, declaración de impuestos en paraísos fiscales y blanqueo de dinero relacionado con actividades ilícitas.
Un abogado especialista en derecho bancario es aquel que pertenece a la rama del derecho mercantil y que está especializado en derecho bancario. Es importante no confundir esta figura con la de un abogado del banco o del inversor minorista. Pues el abogado especialista en derecho bancario trata de mediar entre ambas partes, no es perteneciente a una institución concreta.
Durante los últimos años han tenido lugar una serie de circunstancias que han provocado que la figura del abogado bancario sea de verdadera importancia. Algunas de las razones son la explosión del comercio electrónico en Internet, la crisis financiera en España y resto de Europa o la complejidad que han ido adquiriendo los distintos productos financieros.
– Derecho a disponer de los modelos de contratación, previo a la misma.
-Derecho a recibir una información adecuada para realizar la contratación, de acuerdo al perfil inversor del cliente y en un lenguaje que le sea comprensible.
-Derecho a recibir ofertas vinculantes en:
-Derecho a recibir toda la información relativa a los gastos y comisiones derivados de la contratación.
-Derecho a ser informado del tipo de interés que va a aplicarse a su producto o servicio.
-Derecho a obtener copia de los contratos suscritos, tanto los contratos particulares como los contratos marcos.
-Derecho a recibir los extractos de los productos bancarios contratados y las liquidaciones de comisiones y gastos repercutidos por la entidad bancaria.
-Derecho a acudir a un procedimiento extrajudicial gratuito para resolver las reclamaciones, quejas y consultas.
-Derecho de desistimiento a los contratos de crédito.
-Derecho a ser comunicado de las modificaciones sufridas en sus contratos por modificaciones normativas.
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